martes, 12 de abril de 2011

El estatuto profesional del periodista

En España la actividad periodística no está regulada, es decir, no existe un reglamento que defina quién es periodista y quién no. En los últimos años se han dado varios intentos de crear esta protección legal tan añorada por los informadores, profesionales y aspirantes a ello, pero hay diferentes cuestiones que hacen de este objetivo una tarea un tanto complicada.

En primer lugar, se suele decir que el periodismo halla su razón de ser en el artículo 20 de la Constitución Española, que proclama la libertad de expresión. No obstante, este derecho no es patrimonio exclusivo de los periodistas, sino de toda la ciudadanía. Así pues, ninguna ley le puede conceder a una persona el derecho de informar, por el mero de haber estudiado la carrera de periodismo, pues este es un derecho de todos los ciudadanos. Ello lleva a otra cuestión, y es que como decía David Rojo en el seminario "Herramientas Creativas, Periodistas Innovadores" celebrado en la Universidad Rey Juan Carlos, una persona es profesional de algo cuando sabe hacer una tarea que poca gente más sabe hacer (el poder de la escasez, como diría un economista), y informar y comunicar es una tarea que está al alcance de todo el mundo. 

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